LLEVAMOS A CONOCIMIENTO DE LOS CIUDADANOS ARGENTINOS QUE QUIEREN VIAJAR A SUDAFRICA QUE LA EMBAJADA SUDAFRICANA EN ARGENTINA HA PROVISTO LA SIGUIENTE INFORMACION. LA MISMA SE BRINDA EN ESTA PAGINA PARA FACILITAR LA TAREA DEL CIUDADANO. SIN EMBARGO, SE RECOMIENDA TOMAR CONTACTO CON LA EMBAJADA SUDAFRICANA ANTES DE VIAJAR.
"Recordamos a todos los ciudadanos argentinos que si viajan con menores el permiso de viaje DEBE estar en inglés.
Según las nuevas regulaciones Inmigratorias emitidas por el Ministerio del Interior Sudafricano (Department of Home Affairs), si el menor viajara a Sudáfrica en la compañía de uno de sus padres o sin ninguno de ellos, necesitarán un consentimiento de los padres que están consignados en la partida de nacimiento.
Ahora bien, los padres tienen dos opciones:
1. Ambos padres deberán firmar un consentimiento en Inglés que será legalizado por la Embajada o por Escribano Público. Dicho documento será requerido por los Servicios Inmigratorios al arribar en Sudáfrica.
El formulario se puede solicitar en la Embajada de Sudáfrica en Buenos Aires
011 4317-2900
El mismo deberá estar acompañado por fotocopias certificadas del pasaporte del padre/s que no viaja (por la Embajada o por Escribano Publico).
o
2. Deberán traducir al inglés el permiso de viaje/venia del menor y legalizarla ante el Colegio de Traductores. Este permiso de viaje también deberá estar acompañado por fotocopias certificadas del pasaporte del padre/s que no viaja.
En síntesis, la documentación válida para viajar es la siguiente:
Pasaporte vigente con al menos dos carillas en blanco y vencimiento posterior al mes luego el regreso del viaje;
Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla (la vacuna deberá tener al menos 10 días de aplicada al momento del viaje);
Consentimiento realizado en la Embajada o ante Escribano Publico (no más de 3 meses de emitido al momento de viajar);
Fotocopia certificada del pasaporte del padre/s que no viaja/n;
Partida de nacimiento del menor (original o copia certificada);
Si quisieran firmar el consentimiento, ambos padres deberán acercarse a la Embajada de Sudáfrica en Buenos Aires, de martes a jueves de 9 a 12 (con turno previo).
Embajada de Sudáfrica en Buenos Aires
Marcelo T. de Alvear 590, C1058AAF CABA
http://www.embajadasudafrica.org.ar/
Para mayor información, puede consultar en la página oficial del Ministerio del Interior Sudafricano
http://www.dha.gov.za/index.php/civic-services/traveling-with-children
Por último, si bien no es un requisito informado oficialmente por el Gobierno Sudafricano, se recomienda contar con partida de nacimiento traducida y legalizada ante Embajada o Colegio de Traductores, ya que se han registrado casos de algunas aerolineas (LAN y EMIRATES) que han requerido esta documentación.