La Misión del Consulado General Argentino en Johannesburgo es asistir a los argentinos que se encuentren en nuestra jurisdicción -ya sea de modo permanente o en tránsito- con los servicios disponibles dentro de la normativa nacional.
Los países de nuestra jurisdicción son: Sudáfrica, Botswana, Lesotho, Namibia, Swazilandia, Zambia y Zimbabwe.
SERVICIOS DE ASISTENCIA CONSULAR DISPONIBLES:
- Registro Nacional de las Personas. Incluye cambios de domicilio, renovación y actualización de DNI.
- Expedición de Venias de Viaje a ciudadanos argentinos menores de edad. Quienes ejercen la Responsabilidad Parental deben brindar su consentimiento personalmente.
- Certificados de supervivencia a todas aquellas personas que perciban una jubilación o pensión de la República Argentina.
- Expedición de Pasaportes.
- Expedición de Pasaportes de Emergencia en caso de extravío, robo o hurto, o al solo efecto de regresar al país.
- Opción por ciudadanía argentina: para los hijos de padre o madre argentinos nativos. En caso de tratarse de menos de 18 años de edad, se requerirá el consentimiento expreso de quienes ejerca la Responsabilidad Parental.
- Legalización de documentos, públicos y privados, a fin de que surtan efecto legal en la República Argentina. Las firmas a legalizar deberán figurar en el Registro de Firmas que lleva el Consulado General.
- Otorgamiento de visas a extranjeros que requieran visado para ingresar en la República Argentina.
- Ororgamiento de Actas Notariales: Poderes, reconocimiento filiatorios
- Expedición de Certificado de Antecedentes Penales por el sistema INPEN.
ES COMPETENCIA DEL CONSULADO:
- Orientarlo en materia de asistencia jurídica y notarial.
- Asistir a personas accidentadas o con problemas graves de salud. En ningún caso esta asistencia implica desembolso económico por parte del Cónsul o de la Cancillería Argentina.
- Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes o fallecimientos y catástrofes.
- Interesarse por los connacionales detenidos.
- Asegurar la legítima defensa en juicio de los ciudadanos argentinos, interiorizándose por su situación procesal, su estado de salud y procurar el mantenimiento de condiciones dignas de higiene y habitación, en el caso de los detenidos.
- Atender los intereses de los connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
- Velar por los intereses de niños, niñas y adolescentes argentinos en situaciones de vulnerabilidad en el exterior.
- A solicitud de autoridades judiciales o familiares directos -para fines exclusivamente humanitarios- procurar el paradero de personas a través de las autoridades locales.
- Otorgar pasaportes, realizar actuaciones notariales y legalizar documentación.
- Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad.
- Realizar opción de nacionalidad de hijos de argentinos nativos nacidos en el exterior.
- Tramitar documentación de identidad argentina (actualizaciones, duplicados DNI, cambios de domicilio, etc.).
- Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina consular para la recepción de correspondencia privada.
NO ES COMPETENCIA DEL CONSULADO:
- Ser parte en procesos judiciales o asumir los gastos relativos a procesos judiciales que involucren a ciudadanos argentinos en causas civiles, comerciales, penales, laborales, etc.
- Interceder a su favor en caso de que quebrante o no respete las leyes locales (que, según los países, pueden diferir sustancialmente de la legislación argentina).
- Procurarle un tratamiento diferenciado del que se brinda a los nacionales del país en hospitales o prisiones.
- Realizar tareas que corresponden a agencias de viaje, aerolíneas, bancos, estudios jurídicos, empresas de mudanzas, servicios de correos, etc.
- Proporcionarle pasajes o medios para regresar a la República o continuar viaje a otro punto, excepto en circunstancias muy especiales de indigencia probada o extrema vulnerabilidad que ameriten la evaluación de la repatriación, bajo el estricto cumplimiento de ciertos requisitos.
- Proporcionarle dinero o hacerse cargo del pago de sus cuentas (facturas por alimentos, de transporte, hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo).
- Gestionar ante las autoridades locales permisos de residencia, trabajo, visados para argentinos, etc.
- Constituirse en garante o fiador.
- Proporcionarle dinero para abonar gastos médicos, de internación, cirugías o repatrios sanitarios.
- Abonar costos de repatrios de cenizas o restos mortales de ciudadanos argentinos fallecidos en el exterior, correspondiendo a los seguros contratados o a los familiares asumirlos.